CIUDADANÍA
Solicitudes de ciudadanía iure sanguinis presentadas por personas mayores de edad
Desde el 01/01/2025:
A partir del 1 de enero de 2025, la ley de presupuesto 2025 establece un aumento de 300 euros a 600 euros de la percepción consular relativa a las solicitudes de reconocimiento de la ciudadanía iure sanguinis presentadas por personas mayores de edad ante las Sedes diplomáticas-consulares.
Los mayores ingresos previstos se destinan al fortalecimiento de los servicios consulares para los ciudadanos italianos residentes o presentes en el extranjero.
El servicio de recepción de nuevas solicitudes de ciudadanía está suspendido hasta el 13 de enero de 2025 para los ajustes técnicos necesarios.
El pago se realiza en el momento de la presentación de los documentos, en quetzales, al tipo de cambio correspondiente al trimestre.
CIUDADANÍA POR DESCENDENCIA (JURE SANGUINIS)
Es necesario reservar una cita a través del siguiente correo: consolato.guatemala@esteri.it
Requisitos:
• Solicitud de reconocimiento de la ciudadanía italiana «jure sanguinis» (enlace al formulario) (debe ser completado y firmado personalmente por cada solicitante mayor de edad); • Copia de un comprobante de domicilio (recibo de luz, teléfono…); • Copia del documento de identidad del/de la solicitante y del posible cónyuge.
Además, se debe presentar la siguiente documentación: • Extracto original de nacimiento reciente del antepasado emigrado al extranjero, emitido por el Ayuntamiento italiano de nacimiento, con indicación de paternidad y maternidad. En caso de que el certificado de nacimiento solo se pueda obtener a través de la iglesia, deberá ser legalizado por la Curia Episcopal; • Certificado de matrimonio, posible certificado de divorcio, acta de defunción relativos al antepasado mencionado (en original, legalizado/apostillado y con la correspondiente traducción); • Certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores, que acredite la no adquisición de la ciudadanía del/de los Estado/s extranjero/s de emigración por parte del antepasado italiano emigrado. El/Los certificado/s mencionado/s debe/n contener los datos del ascendente indicados en el extracto de nacimiento y todos los posibles nombres y apellidos diferentes con los que la persona haya sido identificada en los actos formados en el extranjero (relativos a matrimonios, nacimiento de hijos, defunción);
DE CADA UNO DE LOS DESCENDIENTES EN LÍNEA RECTA:
- «Certificado literal» de nacimiento, matrimonio, posible divorcio y acta de defunción (legalizados/apostillados y sus correspondientes traducciones) relativos a todos los descendientes hasta el/la solicitante;
- Árbol genealógico
- Ascendiente emigrado de Italia: padre/madre (Enlace al árbol genealógico);
- Ascendiente emigrado de Italia: abuelo/a (Enlace al árbol genealógico);
- Ascendiente emigrado de Italia: bisabuelo/a (Enlace al árbol genealógico);
CIUDADANÍA POR MATRIMONIO:
El cónyuge extranjero de un/a ciudadano/a italiano/a puede presentar una solicitud de adquisición de ciudadanía italiana, si reside en el extranjero, después de tres años de matrimonio. Es indispensable que el matrimonio ya esté registrado en el Ayuntamiento italiano de residencia. Este periodo se reduce a la mitad en caso de tener hijos menores (según los artículos 5 y 7 – Ley n. 91 del 5 de febrero de 1992 y Ley n. 94 del 15.7.2009).
Requisitos necesarios:
- – El cónyuge italiano debe estar regularmente inscrito en el Aire;
- – La pareja debe residir en la circunscripción consular de Guatemala o de Honduras;
- – El matrimonio debe estar registrado en el Ayuntamiento italiano de referencia;
- – El vínculo matrimonial debe seguir vigente (es decir, no debe haber ocurrido la muerte de alguno de los cónyuges, ni la disolución, anulación o cese de los efectos civiles del matrimonio y no debe haber separación personal entre los cónyuges);
- – Conocimiento de la lengua italiana no inferior al nivel B1 del QCER.
Desde el 1º de agosto de 2015, es necesario presentar la solicitud de ciudadanía italiana por matrimonio EXCLUSIVAMENTE en línea.
NB: se informa que el sitio, gestionado por el Departamento de Libertades Civiles e Inmigración del Ministerio del Interior, está exclusivamente en italiano.
Esta Embajada no podrá proporcionar traducciones ni ayuda en la cumplimentación de la solicitud.
QUÉ DEBE HACER EL SOLICITANTE:
Producir la siguiente documentación:
- – Acta integral de matrimonio en original emitida por el Ayuntamiento italiano de referencia del cónyuge;
- – Acta de nacimiento en original, emitida y legalizada por el Renap, apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, con traducción conforme al italiano. La firma del traductor jurado deberá ser legalizada por el Ministerio de Educación y posteriormente apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- – Certificado penal en original, emitido por la Autoridad del País de origen y por las Autoridades de todos los Países donde el solicitante haya vivido desde los 14 años de edad. Este certificado, que tiene una validez de 6 meses desde la fecha de emisión, debe estar provisto de legalización/Apostille y traducción conforme al italiano. Si se ha residido en otro País (o Países), se deberá presentar el documento correspondiente al certificado penal del País (o Países), en original con Apostille y traducción conforme al italiano (según las instrucciones del competente Consulado italiano);
- – Título de estudio emitido por una institución educativa pública o paritaria reconocida por el Ministerio de Educación, Universidad e Investigación y por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional o por el Ministerio de Educación, Universidad e Investigación, o bien la certificación correspondiente emitida por una entidad certificadora reconocida por el Ministerio de Educación, Universidad e Investigación y por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional o por el Ministerio de Educación, Universidad e Investigación. Las entidades certificadoras actualmente son:
- Universidad para Extranjeros de Siena;
- Universidad para Extranjeros de Perugia (en convenio con el Instituto Italiano de Cultura); • Universidad «Roma Tre»;
- Sociedad Dante Alighieri;
- Recibo de pago de 250 euros en la cuenta corriente del Ministerio del Interior. El pago debe realizarse mediante transferencia bancaria internacional a la cuenta corriente postal a nombre de: MINISTERIO DEL INTERIOR D.L.C.I. – CIUDADANÍA Nombre del banco: Poste Italiane Código IBAN: IT54D0760103200000000809020 Código BIC/SWIFT de Poste Italiane para transferencia bancaria internacional: BPPIITRRXXX Código BIC/SWIFT para operaciones Eurogiro: PIBPITRA N. cuenta: 809020
Algunos bancos solicitan la dirección, en este caso se puede indicar Roma. Indicar el motivo de la transferencia bancaria (nombre y apellido completo del solicitante – Solicitud de ciudadanía por matrimonio);
- Documento de identificación (pasaporte y/o documento de identidad guatemalteco/hondureño vigente); – Recibo de un servicio (luz, teléfono) que acredite la pertenencia a la circunscripción consular de Guatemala.
Una vez completados los documentos: a) Acceder al sitio del Ministerio del Interior https://portaleservizi.dlci.interno.it/AliCittadinanza/ali/home.htm y registrarse. EL REGISTRO ES GRATUITO; b) Completar todos los campos previstos (En el formulario e registro se deben ingresar Apellido – Nombre – Fecha de nacimiento presentes en el acta de nacimiento. Para las mujeres, no se deben ingresar los apellidos de casada sino los de soltera); c) Seguir las instrucciones y finalizar la solicitud ingresando los documentos requeridos.
La solicitud podrá ser:
- Rechazada.
- Aceptada.
El solicitante será convocado, mediante correo electrónico, en la oficina consular para presentar la solicitud en papel y los documentos en original, que serán retenidos por la Oficina. Posteriormente a la presentación de la documentación en original en la Oficina de Ciudadanía, el trámite será de exclusiva competencia del Ministerio del Interior. El interesado podrá verificar personalmente el estado del trámite ingresando en el sitio del Ministerio del Interior el número de trámite y la información solicitada por el sistema.
ATENCIÓN: todas las comunicaciones relacionadas con el procedimiento se enviarán a través de la dirección de correo electrónico utilizada para el registro. Se recomienda por lo tanto no modificarla y revisarla periódicamente.
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